Santiago de Querétaro, Qro; 19 de septiembre de 2022.- En Sesión de Pleno de la LX Legislatura de Querétaro, aprobó reformas al código penal local para endurecer las penas para el delito de feminicidio y acoso sexual que realicen conductores de plataformas digitales.
El Dictamen aprobado por los legisladores de la “Iniciativa de Ley que adiciona un nuevo párrafo cuarto al artículo 126 Bis del Código Penal para el Estado de Querétaro, en materia de agravantes del delito de feminicidio.”, la “Iniciativa que reforma el artículo 126 bis del Código Penal para el Estado de Querétaro, que contiene el tipo de feminicidio, así como la “Iniciativa que reforma del artículo 126 bis fracción VII y 167 bis del Código Penal para el Estado de Querétaro, relativo al endurecimiento de penas en cuanto a delitos de feminicidio (sic) y acoso sexual cuando quien lo cometa sea conductor y/o utilice vehículos de transporte escolar o de servicio público de pasajeros o servicio de transporte privado de pasajeros contratados a través de aplicaciones tecnológicas para cometer el ilícito”.
Esta reforma presentada por la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, tiene como principal objetivo la creación de una agravante para este delito. Ésta se configurará cuando la víctima sea niña, adolescente o mujer con discapacidad, pues como se ha dicho, ellas se encuentran en una situación de mucha más desventaja frente al agresor, dado que su madurez física, emocional y psicológica no ha alcanzado su punto máximo y pueden sucumbir ante los engaños o artilugios del sujeto activo del delito o ante su superior fuerza física.
El dictamenten aprobado propone que la pena se aumente hasta en una tercera parte, coadyuvando a proteger así, a las niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad.
Los legisladores estiman que la especial condición de desventaja de las niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad frente a sus victimarios debe ser un elemento definitorio en la determinación del aumento de la pena, por lo que se busca incrementar lo máximo posible la sanción cuando se dan estas circunstancias.