Santiago de Querétaro, Qro; 18 de enero de 2020.- A los conductores que bebieron bebidas alcohólicas y no pasen la prueba del temido alcoholímetro, tendrán el derecho a una audiencia ante el Juez Calificador antes de ser arrestado por la conducta; determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nacional (SCJN).
“En consecuencia, cuando una persona se le pretende imponer un arresto administrativo como sanción por conducir bajo el influjo del alcohol, existe la obligación de respetar, proteger y garantizar el derecho a audiencia previa, reconocido el artículo 14 constitucional”, señaló la SCJN.
El máximo tribunal del país, indicó que el probable infractor, debe ser escuchado por un Juez Calificador, antes de que se le imponga la sanción de arresto, en “el momento oportuno” (después que se baje la borrachera) para que pueda defenderse.
“Entendiéndose como momento oportuno cuando ya se encuentra en las instalaciones del órgano calificador y está en condiciones de comparecer a efecto de alegar lo que a su derecho convenga”. Señaló la SCJN.
La SCJN indicó que con lo anterior, se armoniza la facultad de la autoridad para sancionar este tipo de infracciones, y por otro lado se evitan actos de arbitrariedad por parte de las autoridades.
Este caso, se discutió en el Pleno de la Suprema Corte Justicia de la Nación, luego de una contradicción de más de tesis Tribunales Colegiados de Circuito.
Lo anterior fue publicado en el semanario judicial de la federación, este viernes 17 de enero de 2020.