Ciudad de México; 23 de junio de 2023.- Invalida la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la Reforma Electoral impulsada desde Palacio Nacional. por el Presidente López Obrador.
La reforma también conocida como el plan ”B” fue invalidada por 9 de los 11 ministros de la Corte, por lo que las elecciones presidenciales de 2024 seguirán con las mismas reglas que tenia el INE en 2018.
El pleno determinó que el Congreso de la Unión trasgredió los artículos 71 y 72 de la Constitución Federal, relacionados con el principio de deliberación democrática.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, invalidó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, publicado el 2 de marzo de 2023.
La Corte resolvió que existieron múltiples violaciones graves al procedimiento legislativo y que, conforme a la jurisprudencia del propio Tribunal, invalidan dicho procedimiento:
1) Las iniciativas del denominado Plan B fueron presentadas a discusión y aprobación sin que fueran publicadas previo al inicio de la sesión, para que todos los legisladores tuvieran oportunidad de conocerlas, tal como lo señala el Reglamento de la Cámara de Diputados.
2) Estas iniciativas comprenden seis leyes y más de 510 artículos adicionados, reformados o modificados.
3) Las iniciativas fueron clasificadas como urgentes por la mayoría sin dar razón alguna, lo que significa que ni siquiera fueron dictaminadas en comisiones, por lo que se procedió a su discusión y aprobación inmediata, a pesar de su extensión y complejidad. Ello a pesar de las reiteradas peticiones de las minorías para permitir previamente conocer el contenido de los Decretos y así proceder a un debate serio.
4) Tanto la Cámara de Diputados como el Senado de la República discutieron y eliminaron indebidamente artículos del proyecto de decreto cuyo texto ya había sido aprobado por ambas Cámaras. Una de las reglas constitucionales específicas del procedimiento legislativo prohíbe tajantemente a las Cámaras del Congreso de la Unión alterar en modo alguno los artículos o disposiciones de los proyectos de ley o decreto, que ya hubieran sido aprobados previamente por ambas.
5) Las Comisiones Unidas del Senado de la República omitieron sesionar y aprobar su dictamen de manera conjunta. Asimismo, tampoco cumplieron con las reglas de votación previamente establecidas.