Ciudad de México; 20 de noviembre de 2020.- Con 82 votos a favor y 18 en contra, el pleno del Senador de la República aprobó el dictamen para la despenalización de la marihuana en México para todos sus usos.
Los legisladores avalaron por el que se expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.
De acuerdo con los Senadores, estos cambios en la ley buscan combatir el consumo problemático del cannabis psicoactivo con un enfoque de salud pública, aplicando el reforzamiento de políticas y medidas de prevención, intervención oportuna, atención, tratamiento, recuperación, rehabilitación y reinserción social.
Destaca dentro de la iniciativa, la creación del Instituto Mexicano para la regulación y Control del Cannabis, quien emitirá cinco tipos de licencias, que estarán relacionados con el cultivo, transformación, venta, investigación y exportación o importación de marihuana.
Queda permitido a personas mayores de edad consumir cannabis psicoactivo, siempre que no se realice frente a alguna persona menor de dieciocho años o cualquier otra imposibilitada para manifestar expresamente su consentimiento libre e informado y que pudiera resultar expuesta al impacto nocivo del humo de segunda mano; así como realizarlo únicamente en su vivienda.
Además, para el autoconsumo se limita a la cantidad de seis plantas de cannabis psicoactivo, así como el producto de la cosecha de la plantación por persona, las cuales deberán permanecer en la vivienda o casa habitación de quien la consume. En caso de que en el domicilio viva más de una persona consumidora mayor de edad, el monto de plantas de cannabis de efecto psicoactivo y el producto de la cosecha de la plantación no podrá exceder de ocho.
La venta del cannabis psicoactivo y sus derivados estará permitida para uso adulto sólo dentro del territorio y se delimitará a los establecimientos autorizados por el Instituto, quienes deberán obtener una licencia expedida por éste y cumplir los requisitos que esta Ley y la demás normatividad aplicable establezca.
Las licencias de cultivo, trasformación y comercialización se excluyen entre sí, sin embargo, exceptúan de esta disposición las licencias de exportación o importación de cannabis no psicoactivo, las cuales podrán otorgarse con otro tipo de licencia. La propuesta anterior excluía este último tipo de licencia.
Los pueblos y comunidades indígenas, personas campesinas o ejidatarias, ejidos y comunidades agrarias, comunidades en situación de marginación o que, por sus condiciones, características o por haber sido afectados por el sistema prohibitivo, deban tener una atención prioritaria o que se encuentren en estado de vulnerabilidad, estarán exentos de esta última disposición.
En aquellos casos en los que una persona esté en posesión de más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis psicoactivo, será remitido a la autoridad administrativa competente, de conformidad con lo que establezca la Ley de Cultura Cívica en la Ciudad de México o su homóloga en las entidades federativas, sin perjuicio de su denominación y se le impondrá una multa que va de 60 hasta 120 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La posesión del cannabis psicoactivo sólo será sancionable penalmente cuando sea superior a los 200 gramos.
La siembra, cultivo o cosecha de plantas de marihuana no será castigado cuando estas actividades se lleven a cabo con fines médicos y científicos. Asimismo, se elimina el cáñamo de la lista de sustancias psicoactivas.
La Secretaría de Salud, en un plazo que no excederá de seis meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, realizará las adecuaciones reglamentarias correspondientes para armonizarlas con el texto de la presente Ley.
El presidente de la Comisión de Justicia, Julio Menchaca Salazar, destacó que con este dictamen se garantiza el libre desarrollo de la personalidad y se “pone orden” en el uso de una planta que ha sido estigmatizada más de 100 años por una política prohibicionista que persigue y criminaliza a quien la consume, y que ha provocado violencia, crimen organizado y un ambiente de inseguridad para los mexicanos.
Reconoció que se trata de uno de los temas de los más polémicos de la LXIV Legislatura, pero es obligación de los legisladores establecer las reglas para un producto que no sólo tiene propiedades psicoactivas, sino del que se puede aprovechar el cáñamo en la conducción de electricidad o en la industria textil.
La incitiva será enviada a la Cámara de Diputados para su discusión y en su caso aprobación.