Ciudad de México; 23 de septiembre de 2020.- Por cada 10 matrimonios que se celebran actualmente en la capital mexicana, se registran cuatro divorcios, cifra que podría incrementarse el siguiente año derivado del confinamiento por la COVID-19, afirmó Alejandra Macías Estrella, catedrática de la Facultad de Derecho de la UNAM.
De 1994 a 2018 el número de los de tipo administrativo se incrementó en la Ciudad de México, al pasar de cinco mil 436 a 13 mil 968; mientras que los judiciales de 16 mil 866 a 121 mil 636 en el mismo periodo, puntualizó.
Durante la conferencia “Divorcio en la Ciudad de México”, organizada por esa entidad universitaria, refirió que la palabra “divorcio” proviene del latín divortium, que significa “separación”.
Se trata de la disolución del matrimonio decretada por una autoridad competente a solicitud de ambos o de uno de los cónyuges, sin necesidad de que se exprese la causa.
En la Ciudad de México, dijo la universitaria, se puede dividir en dos grupos: administrativo y judicial, que a su vez se subdividen en unilateral y bilateral.
Recordó que en 2008 se realizaron reformas en materia de divorcio judicial, cuyo antecedente fue el Artículo 86 de la Ley 30 del Código Civil Español, en el cual se indica que para solicitar un divorcio judicial se debe establecer un convenio con consentimiento de ambos cónyuges; puede ser presentado por los dos o por uno, pero con la aprobación del otro.
“Sin embargo, en México hicimos una mala copia de este artículo, dejándolo en nuestro Código Civil como que si un divorciante desea unilateralmente promover el juicio de divorcio, se podrá dar”, precisó.
Indicó que el divorcio administrativo debe tramitarse ante el Juez del Registro Civil. Para llevarse a cabo ambos cónyuges lo deben convenir, estar casados por separación de bienes, que la mujer no se encuentre embarazada, tampoco tener hijos en común (si los hay deberán ser mayores de edad) y que ninguna de las partes requiera alimentación.